Apoyo a la defensa de la Educación Pública Superior
Como consecuencia de la lucha que llevan a cabo alumnos, docentes, no docentes y la sociedad en general, defendiendo uno de los principales derechos como el acceso a la educación, […]
Como consecuencia de la lucha que llevan a cabo alumnos, docentes, no docentes y la sociedad en general, defendiendo uno de los principales derechos como el acceso a la educación, […]
37º PERIODO 25º REUNIÓN 30 DE AGOSTO 2.018 22º SESIÓN CARÁCTER ORDINARIA ORDEN DEL DÍA Presidente: Carlos Dolce Secretaría: Claudio G. Luraghi. PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día. PUNTO
VISTO: Ley 2756 Reclamos de alumnos y profesores Considerando Que garantizar la seguridad debería ser una prioridad en nuestra ciudad. Que los alumnos del Instituto 24 son víctimas constantes de
Visto -la ley Orgánica de municipalidades Nº 2756 -El pedido de los vecinos. Considerando Que los vecinos del nuevo barrio, ubicado entre las calles; La Esperanza, Caseros, Artigas, Las Heras,
VISTO: Ley 2756 Y reclamo de vecinos Considerando Que es necesario garantizar la seguridad en todos los sectores de la ciudad Que uno de los factores que disminuye el accionar
VISTO: La ley nacional de Educación Nº 26206 La Ley Nacional de Educación Superior Nº 24521 La ley provincial Orgánica de Municipalidades Nº 2756 La ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de
VISTO: La ley nacional Nº 26206 La ley provincial Nº 2756 La ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante.
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Visto: El decreto N° 378/2005 del Poder Ejecutivo Nacional, El decreto N°0426/2017 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39°, El cuidado
En la última sesión, celebrada el pasado jueves, el cuerpo legislativo de Villa Gobernador Gálvez, aprobó la Declaración 470/18, mediante la cual expresa su rechazo al decreto N° 756/2.018 del
Expte. Nº 6.569/18. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756. El Código de Faltas Municipal Ord. N° 490/89 y modificatorias. La Ordenanza N° 2234/2014 El Código de Tránsito de
Expte. Nº 6.565/18. VISTO: Ley 2.756. Pedido de distintas academias de cumbia cruzada de la ciudad, y CONSIDERANDO: Que la cumbia es un género musical proveniente del norte de Sudamérica,
Expte. Nº 6.552/18. VISTO: El Convenio a celebrar con la Compañía Telecom Argentina S.A. La Ordenanza Tributaria N° 2.493/2.017, Arts. 39°, 40° y 43°. La Ordenanza N° 2.304/2.015. La Ley
Expte. Nº 6.566/18. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756. El Pedido de los vecinos, y CONSIDERANDO: Que en el loteo social barrio Mortelari, la semana anterior a la
VISTO: Las notas presentadas por los Sres. Monzón, Llaneza; Acosta; Miranda; Gómez; Aragón; Cabrera; Piclú; Ochecury y Videla a este Concejo Deliberante, y CONSIDERANDO: Que los mismos exponen diferentes situaciones
Expte. Nº 6.567/18. VISTO: Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 38°. El reclamo de los vecinos, y CONSIDERANDO: Que en calle Levalle y las vías del ferrocarril Rosario-Buenos
37º PERIODO 24º REUNIÓN 23 DE AGOSTO 2.018 21º SESIÓN CARÁCTER ORDINARIA ORDEN DEL DÍA Presidente: Carlos Dolce Secretaría: Claudio G. Luraghi.
Expte. Nº 6.571/18. VISTO: La Ley Orgánica N° 2.756. El Decreto N°756/2018, y CONSIDERANDO: Que a través del Decreto N°206 del 19 de marzo del 2009 se creaba el Fondo
Expte. Nº 6.542/18. VISTO: El Código Tributario Municipal N° 1.415/99 y sus Ordenanzas complementarias Arts. 32° y 109°, donde se dispone que pueden establecerse regímenes de retención en concepto de
Expte. Nº 6.541/18. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756. El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1.415/1.999 y Ordenanzas complementarias. La Ordenanza Tributaria N° 2.493/2.017. La Ordenanza N° 2.439/2.016,
Expte. Nº 6.563/18. VISTO: La Ordenanza N° 2.528/2.018. La Ley 2.756, y CONSIDERANDO: Que debido a un error de tipeo se menciona en el Art. 1° de la Ordenanza N°