Expte 6568/18 Cambiemos
VISTO Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756. La Ordenanza Nº 1813/2008. La Ordenanza Nº 2030/2012. – El Decreto Nº 450/2013. El Decreto Nº 592/2014. El constante reclamo de los vecinos […]
VISTO Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756. La Ordenanza Nº 1813/2008. La Ordenanza Nº 2030/2012. – El Decreto Nº 450/2013. El Decreto Nº 592/2014. El constante reclamo de los vecinos […]
VISTO: Ley orgánica de municipalidades N 0 2756 Art 38, El reclamo de los vecinos, CONSIDERANDO: Que en calle Levalle y las vías del ferrocarril Rosario-Buenos Aires existe un paso
Visto -La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 -El Pedido de los vecinos Considerando Que en el loteo social, barrio Mortelari, la semana anterior a la fecha, se inauguraron una serie
VISTO: Ley 2756 Pedido de distintas academias de cumbia cruzada de la ciudad Considerando: Que la cumbia es un género musical proveniente del norte de Sudamérica, especialmente autóctono del Caribe
VISTO: La Ordenanza Nº 2.275/2014; La nota del Periódico Desarrollo Zonal, del día 5/6/2017, titulada “El Club General Paz culminará su cerco perimetral”, La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Descargar doc: Expte. Nº 6563-18
Descargar doc: Expte. Nº 6562-18
VISTO El Decreto Nacional Nº 775/95 Anexo art. 22 “Sistema de señalización vial uniforme”, La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; La Ordenanza Nº 730/92; El Decreto Nº 487/2013; El Decreto Nº 678/2014; El reclamo
VISTO Ley Orgánica de Municipalidades no 2756; y CONSIDERANDO Que se registraron en las últimas semanas un Incremento de hechos de violencia sufridos por el personal de centros de salud
VISTO: Ley orgánica de municipalidades N 02756 Art 38, El reclamo de los vecinos, CONSIDERANDO: Que los vecinos de Pasaje 7 a la altura de 1800, entre Filippini y Buenos
VISTO: Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756. El Decreto Nº 719/2014. El Decreto Nº 1.171/2018. El reclamo de los vecinos de calle Roque Saenz Peña al 1500 y: CONSIDERANDO: Que sobre calle Roque
Visto -La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. Nº 24 -Y el pedido de los vecinos de barrio Ghiglione. Considerando Que a la altura del barrio Ghiglione se realizó
VISTO: Las notas presentadas por los Sres. Maydana; Santana; Leiva y Díaz a este Concejo Deliberante, y CONSIDERANDO: Que los mismos exponen diferentes situaciones que, necesariamente deben contar con una
Expte. Nº 6.555/18. VISTO: Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 Art 38°, El reclamo de los vecinos, CONSIDERANDO: Que Barrio Tigre es uno de los núcleos poblacionales que más ha crecido
Expte. Nº 6.554/18. VISTO: Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 Art 38°, El reclamo de los vecinos, CONSIDERANDO: Que en la intersección de las calles Richieri y Simón Bolívar existen dos
Expte. Nº 6.556/18. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, El reclamo de vecinos, y CONSIDERANDO: Que en calle Chubut a la altura catastral del 1300 sobre la vereda
Expte. Nº 6.551/18. VISTO: Los Decretos N° 396/12 y 629/14. La Minuta de Comunicación N° 1684/09. Los escasos pasos a niveles existentes en relación al trazado del ferrocarril en nuestra
Expte. Nº 6.550/18. VISTO: Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756. Los Decretos N° 893/16, 1062/17 y 1169/18. La gran inseguridad vial a la que los vecinos de los barrios TIGRE,
Expte. Nº 6.549/18. VISTO: La Ley Nacional N° 24.449. La Ley Provincial N° 2756. Los Decretos N° 223/2008 y 1.047/17. La Minuta de Comunicación N° 1.805/10. Los accidentes ocurridos en
37º PERIODO 22º REUNIÓN 9 DE AGOSTO 2.018 19º SESIÓN CARÁCTER ORDINARIA ORDEN DEL DÍA Presidente: Carlos Dolce Secretaría: Claudio G. Luraghi. PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día. PUNTO
VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, El reclamo de vecinos, y CONSIDERANDO: Que en calle Chubut a la altura catastral del 1300 sobre la vereda impar se observa