Ord. 0028/84 Se otorga un subsidio a la Parroquia Nta Sra de La Paz
VISTO: Lo solicitado por la Parroquia Ntra. Sra. de la Paz, de fecha 24 de febrero de 1.984, y CONSIDERANDO: Que los altos fines que lleva a cabo la […]
VISTO: Lo solicitado por la Parroquia Ntra. Sra. de la Paz, de fecha 24 de febrero de 1.984, y CONSIDERANDO: Que los altos fines que lleva a cabo la […]
VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de contar con un obrador, cuyas características satisfagan la necesidad de construir bloques para la construcción de viviendas, como así lajas y caños, para
VISTO Y CONSIDERANDO: La difícil situación económica y social que se plantea en especial a un sector de la sociedad, compuesta por la clase pasiva. Que luego de toda
VISTO: Las peticiones recibidas pro las Comisiones Vecinales en representación de los contribuyentes respecto a una prórroga de la fecha de vencimiento de la moratoria tributaria sancionada por Ordenanza
VISTO: Que a los efectos de la subdivisión de tierras rige en este Distrito la Ordenanza Nº 71/74. Que la misma establece medidas y superficies mínimas para los lotes,
VISTO: La necesidad de dictar la Ordenanza Tributaria del ejercicio 1.984 conforme a las disposiciones del Código Fiscal Uniforme, Ley 8173 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO: Que se
VISTO: Que del análisis de las distintas partidas principales que integran al Presupuesto General de Gastos de 1.983 reconducido para 1.984 surge que la correspondiente al Concejo Deliberante presenta
VISTO: La Ordenanza nº 424/82, en la que se solicita el permiso pertinente para la instalación de una casa velatoria, y CONSIDERANDO: Que el mismo se ajusta a la
VISTO: Las instrucciones emanadas del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Acción Comunal, por Circular 070 fechada en Santa Fe el
VISTO Y CONSIDERANDO: Que según el plano de mensura y subdivisión, de los Ingenieros Emilio Gubber y Agrimensor Marcelo De Elia de fecha junio de 1.979, inscripto en el
VISTO: Que existen numerosos terrenos privados urbanos, suburbanos y rurales, en los que se han realizado mejoras edilicias y que las mismas no han sido declaradas en la Municipalidad,
VISTO Y CONSIDERANDO: La construcción de un plan ferro urbanístico, que atraviesa nuestra Ciudad y pone en peligro la vida de peatones y niños que deben hacer su cruce
VISTO: Que de acuerdo al estudio de actualización de deudas que los señores contribuyentes tienen con este municipio por tasas de Servicios Públicos, Agua Potable y Pavimento Urbano, se
VISTO: La nota remitida pr la Empresa Martín Fierro S.R.L. conf echa 17 de enero de 1.984, solicitando aumento del precio del boleto, y CONSIDERANDO: Que los incrementos experimentados
VISTO: La Ley Provincial Nº 9286/83 que sanciona y promulga el Estatuto y Escalafón del personal de municipalidades y comunas de la Provincia de Santa Fe, y CONSIDERANDO: Que
VISTO: Que por Ley Nacional Nº 226/83 se dispone otorgar al personal estatal una bonificación en el mes de diciembre pasado “per cápita” de $ a 1.000.- (Pesos Argentinos
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, concerniente a la prórroga de la Tasa General de Inmuebles, y CONSIDERANDO: Las peticiones recibidas por Comisiones
VISTO: Lo dispuesto en el Capítulo VI del Art. 106º del Código Tributario Municipal dictado según Ley Provincial Nº 8.173/77, y CONSIDERANDO: Que es necesario reglamentar el pago de tributos
VISTO: La considerable cantidad de negocios minoristas que se ven imposibilitados en la actualidad de poder ser habilitados en razón de no tener los planos del local aprobados, y
VISTO: La cesión de los terrenos ubicados en la Manzana Nº 26 de la Sección Catastral 3era. de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez al Ministerio de Educación y
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal relacionado con la designación del Contador General Municipal, y CONSIDERANDO: Que conforme lo preceptúa la Ley Orgánica