Decl. 216/11 Transferencia al municipio espacio ferroviario, zona Estación Villa Diego

Expte. Nº  4.210/11.

VISTO:

La Ley 2756 Art. 39º Inc. 34 .

El Código Urbano Municipal Ordenanza Nº 1.144/95.

La Ley Nacional Nº 24.146 Art. 1º , y

 CONSIDERANDO:

Que la Estación “Villa Diego” del ferrocarril –Línea Mitre- ha estado integrada al paisaje urbano de Villa Gobernador Gálvez, desde el momento de inicio de las actividades ferroviarias, es decir desde el año 1910 hasta nuestros días, de manera que los vecinos siempre han circulado por sus instalaciones sin mayores impedimentos; prueba de ello es que en el año 1.986, mediante un convenio con las autoridades de Ferrocarriles Argentinos, comenzó a funcionar en al antigua sala de espera de la estación, el Museo Municipal de la Ciudad, ocupando dichas instalaciones en forma ininterrumpida hasta el 24 de noviembre de 2010, fecha en que fuera desalojado.

 

Que frente al edificio de la estación, existe un amplio espacio no utilizado por el concesionario, que permite acceder a sus instalaciones; el que podríamos definir como un polígono formado por 80 metros (aproximadamente) con frente a Av. San Martín en su lado Sur Oeste, e igual medida en su contrafrente, y 100 metros (aproximadamente) en sus lados Nor Oeste y Sur Este, lindando el primero con calle Sarmiento y el ultimo con las vías del ferrocarril, dichas vías se encuentra separadas por un cerco que brinda seguridad,  pero no interrumpe la continuidad visual, posibilitando la integración de la Estación con el resto del paisaje, como lo hemos descripto mas arriba.

 

Que el poder visualizar las instalaciones ferroviarias sin obstáculos que lo impidan, cobra mayor significado si se tiene en cuenta los lazos afectivos que mantiene la población con el Ferrocarril, ya que la mayoría de las familias radicadas en la zona hunden sus raíces en la labor ferroviaria, tal como lo sintetiza nuestro escudo municipal.

 

Que además existe una apropiación de hecho del referido espacio, por parte de los vecinos, que lo utilizan diariamente para acortar camino e incluso girar con sus vehículos ya que es posible acceder desde allí a calle Sarmiento para retomar Av. San Martín en sentido contrario, practica que ha inspirado algunos proyectos que se encuentran en el Concejo Deliberante, para resolver el problema vial que generan la convergencia de Av. San Martín, Av. Mitre y las vías del ferrocarril, en especial en el momento en que la circulación se ve interrumpida por el paso de algún tren.

 

Que en definitiva, y mas allá que el espacio forma parte de un sector concesionado a la Empresa Nuevo Central Argentino S.A., en los hechos siempre ha formado parte del paisaje urbano y ha sido utilizado como un especio publico, razón por la cual vemos con mucha preocupación que en los últimos días la empresa ha comenzado a levantar un muro perimetral, con el que se pretende  modificar el uso publico que de hecho le ha dado la ciudad, desde siempre.

 

Que además el efecto visual es realmente desagradable, impactando en una de las zonas mas importantes de la ciudad, por tratarse del centro comercial y ser Av. San Martín unas de las arterias de mayor flujo como paso obligado hacia otras localidades.

 

Que asimismo es preocupación de este Concejo Deliberante, los posibles usos que pudiera darle el concesionario en el futuro inmediato, y que próximo al espacio en cuestión, existe un galpón destinado originalmente a deposito, donde se encuentra operando actualmente una empresa metalúrgica, cuya expansión no debería ser autorizada por estar ubicada en el centro urbano de la ciudad, zona en que el Código Urbano de Villa Gobernador Gálvez -Ordenanza Nº 1.144/95- no autoriza este tipo de industrias.

 

Que  por otra parte la referida Ordenanza en su Capitulo VII Ítem 7.2 Usos Generales Distrito “ZF” (Zona Ferroviaria) sólo autoriza los usos “Para Tal Fin”.

 

Que aún cuando la empresa destine ese espacio para uso ferroviario, podría generar inconvenientes, tal como ya existen con la instalación de tanques de combustible dispuesta por otra de las empresas concesionarias, al otro lado de las vías y a pocos metros de Av. San Martín, con el riesgo de explosión que presumimos podría existir, y en la que el municipio no tiene posibilidades de ejercer controles, no obstante de encontrarse en el sector de mayor densidad poblacional de la ciudad.

 

Que la idea de transferir el referido lote al municipio de Villa Gobernador Gálvez, ha sido parte de conversaciones mantenidas entre la Administración Municipal y la empresa concesionaria, con lo que se podría dar solución a un nudo vial conflictivo y parquizar el espacio restante, agregando además belleza al lugar.

 

Que por otra parte el predio que se propone recuperar es de una superficie poco significativa si la relacionamos  con los más de 300.000 m² que dispone la concesionaria en la zona de Estación Villa Diego, aunque  su ubicación resulta estratégica para la ciudad. Es por esto, sorprendente que en tiempos en que, la Empresa Nuevo Central Argentino S.A. ha cedido en otras ciudades predios para nuevos desarrollos urbanos entre los que se encuentran, espacios verdes, habitacionales y comerciales, en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, se pretenda cercar y acotar lugares que son aprovechados por los vecinos/as con anterioridad a la concesión de dicha empresa.

 

Que en tiempos donde se trata de acercar y comprometer, con las diferentes problemáticas a los estamentos que forman parte de una sociedad: empresas, asociaciones intermedias, entidades comerciales y gremiales, etc., a través de la responsabilidad social empresaria todas ellas en conjunto con el Estado, resulta opuesto la decisión unilateral, de cerrar un espacio, abierto hasta hoy, al uso publico.

 

Que existen además, proyectos que proponen el traslado de la playa de maniobras y la consiguiente apertura de grandes espacios ferroviarios al uso publico, planteados en el marco del “Plan Circunvalar”.

 

Que es opinión de este Concejo Deliberante, que se deben suspender las obras de cierre del espacio antes descripto, debiendo permanecer abierto al uso de los ciudadanos, e iniciar gestiones ante las autoridades que correspondan, para que sea transferido al Municipio de Villa Gobernador Gálvez para su aprovechamiento como espacio publico, apelando para ello  a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 24.146 en cuya primer parte dice: “El poder Ejecutivo Nacional deberá disponer la transferencia  a titulo gratuito a favor de las provincias, municipio y comunas, los bienes inmuebles innecesarios para el cumplimiento de sus fines o gestión de la Administración Publica Nacional, sus empresas o entes descentralizados o de otro ente donde el Estado Nacional tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias…”

 

Que es preocupación de los vecinos y de este Cuerpo legislativo el cierre de este espacio librado hasta hoy al uso público.

 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 216/2011

 

ART. 1º) Declárese de Interés Municipal, la transferencia al Municipio de Villa Gobernador Gálvez, de un espacio ferroviario, zona Estación Villa Diego línea Mitre, actualmente incluido en la concesión a favor de la empresa Nuevo Central Argentino S.A. el que se describe como: un polígono que forman 80 metros (aproximadamente) con frente a Av. San Martín en su lado Sud Oeste, e igual medida en su contrafrente, y 100 metros (aproximadamente) en sus lados Nor Oeste y Sud Este respectivamente, lindando el primero con calle Sarmiento y el ultimo con vías del ferrocarril, la que se funda en razones de interés  publico.

ART. 2º) Dese conocimiento de la presente a la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación, a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22 de septiembre de 2.011.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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