Generalidades

GENERALIDADES

 

1.1.- ACTUALIZACION DEL REGLAMENTO.

1.1.1.- SUBCOMISION EDILICIA DEL CODIGO URBANO.

Se fija la existencia de la Subcomisión edilicia del Código Urbano que determinara con respecto a las dudas de interpretación y salvara las omisiones que pudieran existir en este reglamento, como asimismo lo actualizara, por lo menos quinquenalmente, teniendo en cuenta la experiencia administrativa y profesional que surja de la aplicación de sus disposiciones.

1.1.2.- COLABORACION DE SERVICIOS AD HONOREM DE PARTICULARES Y FUNCIONARIOS MUNICIPALES EN LA SUB COMISION.

 La Comisión, tal como lo expresa el Código Urbano, podrá solici­tar y utilizar los servicios ad honorem de particulares, y, con el consentimiento de la autoridad interesada, los de aquellos funcionarios municipales cuya colaboración considere útil para la realización de sus tareas.

 1.1.3.- DICTAMEN DE LA SUBCOMISION SOBRE PROBLEMAS RELACIONADOS CON ESTE REGLAMENTO.

 Esta Comisión dictaminara, cada vez que le sea requerido por el intendente municipal, sobre cualquier problema relacionado con la aplicación e interpretación de este reglamento, en su faz técnica y estética.

 

1.2.- SUBCOMISION EDILICIA DEL CODIGO URBANO.

1.2.1. CONSTRUCCION Y OBJETIVOS.

 Asesorar respecto a problemas que tienen vinculación directa con el Reglamento de Edificación.

Esta Subcomisión estará constituida de la siguiente manera:

a) Un representante del Departamento Obras Privadas.

b) Un representante de la Secretaria de Obras Publicas.

c) Un representante del Consejo de Ingenieros de la provincia de Santa Fe, segunda circunscripción.

e) Un representante de la Oficina Municipal de la Comisión Coor­dinadora Ferro Urbanística.

La presidencia será ejercida, en ausencia del Secretario de Obras Públicas, por el representante del Jefe de Departamento Obras Privadas.

  

1.3.- PUBLICACION DE LOS REGLAMENTOS.

 

1.3.1.- PUBLICACION DE ESTE REGLAMENTO.

 Este Reglamento de Edificación será publicado íntegramente y en las sucesivas ediciones no podrá ser alterada la continuidad de su articulado.

 

1.3.2.- PUBLICACION DE LAS MODIFICACIONES O AGREGADOS AL REGLA­MENTO DE EDIFICACION.

 

Cada año se publicaran las hojas que correspondan a modificacio­nes o agregados al articulado del presente Reglamento.

Complementan este Reglamento de Edificación:

a) Reglamento para las instalaciones sanitarias de O.S.N.

b) Reglamento de las instalaciones eléctricas de la Municipalidad de Buenos Aires.

c) Reglamento de las instalaciones de gas y súper gas de estado.

d) Reglamento de las instalaciones de teléfonos del estado.

e) Los siguientes capítulos del Código de Edificación de la Municipalidad de Buenos Aires:

“De la protección contra incendios”.

“De la calidad de los materiales”.

“Del calculo de estructuras”.

f) Artículos del Código Civil relacionados con la construcción.

g) Leyes provinciales reglamentarias del ejercicio de la profesión y de la estimación y percepción de honorarios, así como las normas aplicables determinadas por el Consejo de Ingenieros.

h) Código de publicidad.

i) Código de señalamiento aéreo.

 

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