ORDENANZA N° 3078/2024 – autorizando al DEM a otorgar una prorroga extraordinaria del contrato de concesión del local en el cementerio San Lorenzo

Expte. Nº 8.515/24

VISTO:
La Ordenanza N° 2.780/21 del Concejo Deliberante, que autorizó al Departamento
Ejecutivo Municipal a concesionar mediante licitación privada los dos locales en el Cementerio
San Lorenzo, uno con destino a florería y otro para oficina comercial, por el término de cinco
años.
El Decreto Municipal N° 4.208 de fecha 10/08/2.021, que adjudicó la licitación del local
con destino a florería al Sr. Pedro Monchiero por el término de cinco años a partir del 1 de
septiembre de 2.021, y el contrato de uso y explotación comercial subsiguiente.
La solicitud presentada por el Sr. Pedro Monchiero, CUIT N° 20-93.958.108-2, el 3 de
julio de 2024, a través de Mesa de Entrada, en la que solicita una prórroga del contrato de
concesión del local destinado a florería en el Cementerio San Lorenzo de nuestra ciudad.
La Ordenanza N° 3.039/24, que regula las condiciones del contrato de concesión hasta el
31 de agosto de 2.024.
La situación actual en la que no se ha abierto un nuevo proceso de licitación para la
concesión del local en el Cementerio San Lorenzo, siendo necesario garantizar la continuidad del
servicio para la comunidad, y

CONSIDERANDO:
Que el Sr. Pedro Monchiero ha propuesto, en su solicitud de prórroga, un aumento del
80% sobre la base actual del canon de alquiler, que es de $102.500, para el período de la
prórroga solicitada.
Que es necesario encontrar una solución temporal que asegure la prestación continua del
servicio de florería en el Cementerio San Lorenzo hasta que se realice una nueva licitación.
Que la continuidad del servicio es fundamental para los ciudadanos que acuden al
cementerio, y la interrupción del mismo podría generar inconvenientes a la comunidad.
Que la prórroga solicitada permitiría al Departamento Ejecutivo Municipal disponer de
tiempo suficiente para llevar a cabo el proceso licitatorio necesario para asegurar la concesión
del local en condiciones competitivas y transparentes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.078/2.024

ART.1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar una prórroga extraordinaria
del contrato de concesión del local en el Cementerio San Lorenzo, suscripto con el Sr. Pedro
Monchiero, CUIT N° 20-93958108-2, hasta el 31 de diciembre de 2.024 conforme a los
considerandos de la presente.

ART.2°) Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a cobrar en concepto de canon

mensual de alquiler la suma de $184.500, representando un aumento del 80% sobre la base
actual de $102.500.-

ART.3°) Dispóngase que el plazo de prórroga extraordinaria es exclusivamente a los fines que el
Departamento Ejecutivo Municipal inicie el estudio de las eventuales nuevas condiciones para el
futuro proceso de licitación pública o privada para la concesión del local a partir del 1 de enero
de 2.025, garantizando la continuidad del servicio sin interrupciones.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de agosto de 2.024.

AUTOR: JORGE MURABITO

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