Expte. Nº 8.609/24
VISTO:
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Santa Fe;
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 , Art. 39°;
La solicitud por nota a este Concejo Deliberante de la Escuela Especial N° 2.134;
CONSIDERANDO:
Que mediante el art. 4° de la Ordenanza N° 2.197/14, que deroga la Ordenanza N° 1.879/09, se
dispone la cesión de uso y autorización para funcionar al Instituto Superior N° 24, en el inmueble sito en
Avda. General Juan Domingo Perón N° 1.910, sección 8, manzana 31, lote j, nro. 401.817 con cargo de
realizar la construcción en el plazo de 24 meses a partir de la cesión referida .
Que dicha estipulación (plazo de construcción) no fue concretada en ningún momento, razón por
la cual se activó la retrocesión y vuelta del predio referido al dominio privado municipal.
Que la entidad solicitante, Escuela Especial de Formación Integral N° 2.134 ocupa, en calidad de
comodataria, el predio de marras desde el año 2.020 y necesita de forma urgente regularizar su situación
en dicho inmueble en orden a ostentarlo debidamente en carácter de domicilio legal, propiciando un
mejor desarrollo de sus valiosas actividades en nuestra comunidad.
Que han acercado, las autoridades de la Escuela Especial N° 2.134 a esta institución, informe de
Catastro Municipal, mediante el cual se informa que el predio objeto de tratamiento se sitúa en Avda.
Juan Domingo Perón N° 1910, sección 8, manzana 31, lote j, nro. 401.817.
Que atento a las consideraciones precedentes, emerge la necesidad de dictar la medida legal
pertinente a fin de alcanzar los fines propuestos por la Entidad educativa postulante.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.108/2.024
ART.1°) Autorícese la Cesión de derechos y acciones al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, de la
parcela sita en Avda. General Juan Domingo Perón N° 1.910 de Villa Gobernador Gálvez, descripta como
sección 8, manzana 31, lote j, nro. 401.817; y la cesión de uso y ocupación, para su funcionamiento en
dicho inmueble, a la Escuela Especial de Formación Integral N° 2.134.”.
ART.2°) Notifíquese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Ministerio de Educación, a los fines
legales pertinentes.
ART. 3°) Regístrese en el Departamento de Topografía y Catastro Municipal.
ART.4°) Deróguese toda normativa que se oponga a la presente.
ART.5°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de noviembre de 2.024.
AUTOR: JORGE MURABITO.