Expte. Nº 8.612/24
VISTO:
La Constitución Nacional,
La Ley 20.744 de Contrato de Trabajo,
La Resolución Nacional N° 45/2006 “Creación del Programa de Inserción Laboral en el Marco de
la Ley N° 24.013 y sus normas reglamentarias y del plan integral”,
El Programa Nacional “Te Sumo” del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, ,
El programa “Concejales por un día” y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la presente se solicita la descentralización de la oficina de empleo, por los distintos
barrios de nuestra ciudad, para que las personas que se encuentren en situación de desempleo, cuenten de
manera más accesible y cercana con la asistencia de la misma, a fin de que puedan conseguir empleo o
capacitarse, para poder establecer una mejor economía.
Que esto no sólo implica un beneficio para cada una de las personas, sino también una mejora en
la calidad de vida, otorgando dignidad a los ciudadanos que a la fecha no pueden depender de sí mismos,
y que no cuentan con otra alternativa que sostenerse con fondos o préstamos del gobierno, que no se
reflejan en una solución a largo plazo, sino que se trata de una ayuda temporal.
Que según la Resolución Nacional 45/06, la oficina de empleo selecciona y elabora un listado de
candidatos al puesto lo cuál su función es llegar al empresario, para luego ser entrevistados por el
anteriormente mencionado, y así realizar su selección. Son los/as encargados/as de vincular oferentes y
demandantes del mercado de trabajo, y promover diversas alternativas en la capacitación de los habitantes
del municipio focalizando en el objetivo primordial de este organismo: La inserción laboral de los
ciudadanos.
Que la participación activa de las provincias y municipios denota el compromiso de los actores
sociales para generar proyectos, que construyan a atender a la población en su situación de desempleo.
Que existe una demanda insatisfecha de personal capacitado en oficios para integrar los equipos
técnicos de las empresas de la ciudad y resulta necesario generar acciones que tiendan a responder dicha
demanda y así impulsar el crecimiento económico y, junto con él, la creación de nuevos puestos de
trabajo de calidad en nuestra ciudad.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez ha impulsado programas de inserción laboral
de capacitación para jóvenes junto a los gobiernos Nacional y Provincial que otorgan beneficios a los que
pueden acceder las empresas que contraten a personal desde estos programas.
Que otro de los Programas Nacionales con los que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez
estableció articulaciones es el denominado Programa Inserción Laboral (PIL) que brinda incentivos
económicos a las empresas que contraten trabajadores y trabajadoras desocupadas incluidos e incluidas en
programas del Ministerio.de Trabajo Empleo y Seguridad Social tales como programa PROGRESAR,
egresados de Cursos de Formación Profesional promovidos por el Ministerio Trabajo Empleo y Seguridad
Social y quienes hayan participado de un proyecto de Entrenamiento para el Trabajo.
Que este proyecto surgió por parte de los alumnos de la Escuela “Bicentenario De La Revolución
De Mayo” N°556 ubicada en el Barrio FONAVI, en el marco del programa “Concejales por un día”
donde alumnos de distintos establecimientos escolares acercaron sus inquietudes y propuestas para
implementar en la ciudad en miras de mejorar la calidad de vida de los vecinos y vecinas de la localidad.
Que mediante dicho programa los alumnos aprendieron y se informaron sobre los procesos
legislativos a nivel municipal, visitaron el Concejo Deliberante y el Museo Municipal “Dr. Raúl
Malatesta” y finalmente realizaron un simulacro de sesión donde expusieron y defendieron proyectos de
normativa redactados por ellos mismos basados en las necesidades o carencias que viven y observan
diariamente.
Que esta propuesta realizada por alumnos denota un gran interés y preocupación por su futuro en
relación a su próxima inserción laboral la cual, debido a la situación económica que atraviesa el país, se
vuelve una tarea de suma dificultad resultando necesaria la capacitación y acompañamiento de todas las
personas que lo necesiten.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.109/2.024
ART.1°) Ordénese la creación de sedes de la oficina de empleo en distintos barrios de la ciudad de Villa
Gobernador Gálvez, con el objetivo de descentralizar su funcionamiento.
ART.2°) Dispóngase que una de las sedes funcionará en el Centro de salud “Santa María de Oro”
ubicado en la intersección de calles Mármol y Rafael Obligado, Barrio FONAVI de nuestra ciudad. La
ubicación del resto de sedes quedará a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal, priorizando barrios
periféricos de la ciudad.
ART.3°) Las sedes, al ser dependientes de la oficina central, deben contar con la misma oferta de cursos
de capacitación y orientación para la inserción laboral de los vecinos, que la oficina central.
ART.4°) Autorizase la realización de convenios o asociaciones con las empresas ubicadas en las zonas de
la ciudad, a fines de crear puestos de empleo para los vecinos.
ART.5°) Las sedes funcionarán 3 días de la semana en cada ubicación, a los fines de proporcionar mayor
oportunidad a los vecinos.
ART.6°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de noviembre de 2.024.
AUTOR: ESTEBAN LENCI.