27º Sesión Ordinaria 23 de octubre 2008
El 23 de Octubre del 2008, se realizó la la 27º sesión ordinaria, en Presidencia: Roberto Richetti, en Pro Secretaria: Victoria Beloni. Concejales presentes: Diego Garavano, Alberto Mateos, Olga Coteluzzi, […]
El 23 de Octubre del 2008, se realizó la la 27º sesión ordinaria, en Presidencia: Roberto Richetti, en Pro Secretaria: Victoria Beloni. Concejales presentes: Diego Garavano, Alberto Mateos, Olga Coteluzzi, […]
Expte. Nº 3.338/08.
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo entre la Dirección Provincial de Vialidad, y la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, por cuánto esta municipalidad se encuentra ejecutando sendas peatonales y líneas de frenado sobre la Ruta Provincial Nº 21 en zona urbana de la localidad, durante el ejercicio 2.008, en el marco del Programa de Descentralización Vial, y
Expte. Nº 3.341/08.
VISTO:
La gran cantidad de niños indocumentados en nuestra Ciudad, la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 , y
Expte. Nº 3.335/08.
VISTO:
La Ley 2756, Inc.51.
La necesidad de implementar acciones que contribuyan al reordenamiento y la organización de los asentamientos urbanos y a solucionar el déficit habitacional en nuestra Ciudad, y
Expte. Nº 3.349/08.
VISTO:
El reclamo de los vecinos realizado ante las autoridades de Litoral Gas, la Ley 2756, Art. 39º Inc. 24 , y
Expte. Nº 3.350/08.
VISTO:
El reclamo de los vecinos realizado ante las autoridades de Litoral Gas, la Ley 2756, Art. 39º Inc. 24, y
Expte. Nº 3.351/08.
VISTO:
El reclamo de los vecinos realizado ante las autoridades de Litoral Gas, la Ley 2756, Art. 39º Inc. 24 , y
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El 16 de Octubre del 2008, se realizó la la 26º sesión ordinaria, en Presidencia: Roberto Richetti, en Pro Secretaria: Victoria Beloni. Concejales presentes: Diego Garavano, Alberto Mateos, Olga Coteluzzi,
Expte. Nº 3.313/08.
VISTO:
El Art. 41º de la Constitución Nacional; La Constitución Provincial Arts. 16º, 19º, 21º, 28º, 109º; Ley 10.000 de Protección de Intereses Difusos ; La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Arts. 17º, 20º, 21º Inc. e ), 39º Incs. 14, 33, 52, 53 , y
Expte. Nº 3.343/08.
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 33.787/08, de fecha 7 de julio de 2.008, mediante el cuál se solicita el reconocimiento municipal correspondiente, para el funcionamiento de la Asociación Vecinal “11 de Junio” del Barrio Ibarra, la Ordenanza N º 77/84 y su anexo, y su modificatoria Ordenanza Nº 1.427/00, y
Expte. Nº 3.320/08. VISTO: La Ley 2756 , Ordenanza Nº 1.788/08 , y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo solicita la modificación del Art. 2º y ampliación del
Exptes. Nº 3.322/08 y 3.150/08.
VISTO:
La ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 , el expte. 3.150/08, y
Expte. Nº 3.340/08.
VISTO:
La Constitución Nacional Argentina Arts. 14 y 16; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Art. 5; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Arts. 6 y 7; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Art. 10 Inc. 3; la Constitución de la Provincia de Santa Fe Arts. 6, 7, 8, 9, 14, 16, 20, 21 y 23; la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 24660; La Ley Orgánica de Municipalidades Nº. 2756 , y
Expte. Nº 3.321/08.
VISTO:
El Expediente Nº 3.321/08, sobre solicitud reconocimiento municipal a la Asociación Vecinal denominada “Progreso”, y