Ord. 0080/84 Prorroga Tasa Gral de Inmuebles 2º Trimestre
VISTO Y CONSIDERANDO: Que se han experimentado atrasos en la percepción de los pagos del 2do. Trimestre de la Tasa General de Inmuebles, y existiendo necesidad de fondos en […]
VISTO Y CONSIDERANDO: Que se han experimentado atrasos en la percepción de los pagos del 2do. Trimestre de la Tasa General de Inmuebles, y existiendo necesidad de fondos en […]
VISTO: CONSIDERANDO: Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 78/84 ART.1º) El precio de las conexiones
VISTO: La necesidad de establecer un plan de facilidades a contribuyentes deudores de tasas, derechos y contribuciones de mejoras municipales, y CONSIDERANDO: Que no existe en la actualidad, norma legal
VISTO: Los valores establecidos en la Ordenanza Tributaria del ejercicio 1.984 Nº 23/84 y los establecidos en la Ordenanza N º 56/84 , y CONSIDERANDO: Que algunos valores allí
VISTO: Que a la fecha, las partidas principales “Bienes y Servicios no personales” y “Concejo Deliberante” del Presupuesto General de 1.983, reconducido para 1.984 presenta un saldo prácticamente agotado, y
VISTO: Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación de los contribuyentes respecto a una prórroga en el vencimiento de la fecha de pago de la Tasa General
VISTO: La urgente necesidad de la Seccional 26º de Policía de esta Ciudad de tener un espacio físico donde ubicarse, y CONSIDERANDO: Que es deber de la Municipalidad, prestar al
VISTO: La nota remitida por la Empresa Martín Fierro S.R.L. solicitando incremento en el precio del boleto, y CONSIDERANDO: Que es procedente el aumento solicitado de acuerdo a los nuevos
VISTO: La insuficiencia de saldo que presentan a la fecha las partidas “Personal” y “Bienes y Servicios no Personales”, hecho este que no permite hacer frente al pago de los
VISTO: Las modificaciones introducidas al Presupuesto General de Gastos de 1.983, reconducido para 1.984 al 30 de junio de 1.984, y CONSIDERANDO: Que la Dirección de Asesoramiento Tributario y
VISTO Y CONSIDERANDO: La política salarial que ha determinado el Gobierno de la Nación y habiendo fijado un incremento en los sueldos y salarios básicos, sobre la actividad pública
VISTO: La modificación introducida al Presupuesto General de Gastos 1.983, reconducido para 1.984 por Ordenanza Nº 54/84 de fecha 22/05/84, y CONSIDERANDO: Que la dirección de Asesoramiento Tributario y
VISTO: Las peticiones recibidas por las comisiones vecinales en representación de los contribuyentes respecto a una prórroga en el vencimiento de la fecha de pago de la Tasa General
VISTO: El proyecto de Decreto remitido Nº 310/84 por el Departamento Ejecutivo Municipal, y CONSIDERANDO: Que resulta insuficiente el local municipal para albergar a oficinas que necesitan espacio suficiente
VISTO: El Código Tributario Municipal y la Ordenanza que reglamenta la Tasa General de Inmuebles,y CONSIDERANDO: Que se hace necesario modificar las reglamentaciones existentes para una mejor
VISTO: Las tramitaciones y diligenciamientos efectuados por este Departamento Ejecutivo Municipal ante las pertinentes dependencias oficiales, tendientes a la instalación de complejos accesorios a la Industria Frigorífica, y
VISTO Y CONSIDERANDO: El mensaje elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal solicitando un incremento en las remuneraciones del personal municipal a partir del mes de mayo, sobre los básicos
VISTO: Que el análisis de la partida principal “Bienes y Servicios no Personales” del Presupuesto General de Gastos de 1.983, reconducido para 1.984, surge una carencia en el saldo
VISTO: La nota remitida por la Empresa Martín Fierro S.R.L. solicitando un urgente incremento del precio del boleto, y CONSIDERANDO: Que los incrementos experimentados en distintos insumos,
VISTO: El tratamiento que el Gobierno del denominado Proceso de Reorganización Nacional dio a todo lo relativo al uso de a tierra pública, como así también a la violación
VISTO: Que del análisis de las partidas principales “Personal” y del “Concejo Deliberante ” del Presupuesto General de Gastos de 1.983, reconducido para 1.984, surge una carencia en el