Ord. 0009/84 Autorización Parcial de locales minoristas
VISTO: La considerable cantidad de negocios minoristas que se ven imposibilitados en la actualidad de poder ser habilitados en razón de no tener los planos del local aprobados, y […]
VISTO: La considerable cantidad de negocios minoristas que se ven imposibilitados en la actualidad de poder ser habilitados en razón de no tener los planos del local aprobados, y […]
VISTO: La cesión de los terrenos ubicados en la Manzana Nº 26 de la Sección Catastral 3era. de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez al Ministerio de Educación y
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal relacionado con la designación del Contador General Municipal, y CONSIDERANDO: Que conforme lo preceptúa la Ley Orgánica
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal relacionado con la designación del Juez de Falta municipal, y CONSIDERANDO: Que en tales funciones se desempeña
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la reconducido del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de 1.983. Que el corto período
Expte. Nº 3.353/08. VISTO: La Ley Provincial Nº 12.069 Art. 1º y las sucesivas adhesiones de este municipio a través de las Ordenanzas Nº 1.516/02, 1.522/02 y 1.595/04
VISTO: Que la Coop. Telefónica de Villa Gobernador Gálvez y el Banco Vaf así como toda otra entidad Cooperativa que desee adherirse al proyecto, han dispuesto efectuar la obra de
VISTO: Que la Tasa General de Inmuebles financia el costo de diversos servicios que se encuentren especificadas en el Art. 68º de la Ley 8173/77 adoptado en la Jurisdicción Municipal,
VISTO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 367/88 por la cuál se establece la Tasa de Alumbrado Público, y CONSIDERANDO: Que atento las disposiciones aludidas se considera que el sector
VISTO: Lo dispuesto en el Capítulo VI del Art. 106º del Código Tributario Municipal dictado según Ley Provincial Nº 8.173, y CONSIDERANDO: Que es necesario reglamentar el pago
VISTO: Que las liquidaciones de tasas de servicios públicos correspondientes al 5to. bimestre podrían pagarse sin recargo hasta el 25 de noviembre del año en curso, y CONSIDERANDO: Que
VISTO: Que el Presupuesto General de gastos reformulado recientemente por las autoridades salientes el pasado 11 del actual, no presenta la realidad numérica de gastos del ejercicio año 1983, y
VISTO: La nota remitida por la Empresa Martín Fierro S.R.L. de fecha 7 del corriente mes donde solicita aumento del precio del boleto, y CONSIDERANDO: Que los incrementos sufridos
VISTO: La actual estructura orgánica de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, y CONSIDERANDO: Que los motivos expuestos por el Departamento Ejecutivo en cuanto al crecimiento vegetativo del municipio, y
VISTO: CONSIDERANDO: Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 77/84 ART.1º) Apruébase el Régimen de Asociaciones Vecinales de Villa
REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS POR CONCESIONARIOS, PARA VILLA GOBERNADOR GALVEZ. VISTO: La carencia de una norma que regule en el municipio la actividad atinente