Decl. 218/11 Huesped de Honor Sr. Adolfo Perez Esquivel
Expte. 4.226/11. VISTO: Que el día 1º de noviembre de 2011 la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez se vería honrada con la presencia de D/Adolfo Pérez Esquivel, Premio Novel […]
Expte. 4.226/11. VISTO: Que el día 1º de noviembre de 2011 la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez se vería honrada con la presencia de D/Adolfo Pérez Esquivel, Premio Novel […]
Expte. Nº 4.217/11. VISTO: La Campaña impulsada por la Fundación Laura Cristina Ambrosio Battistel denominada Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas, La Ley Nº 2756, y CONSIDERANDO: Que
Expte. Nº 4.210/11. VISTO: La Ley 2756 Art. 39º Inc. 34 . El Código Urbano Municipal Ordenanza Nº 1.144/95. La Ley Nacional Nº 24.146 Art. 1º , y CONSIDERANDO: Que
Expte. Nº 4.207/11. VISTO: La Ley 2756 Art. 39º. La Ordenanza Nº 1.947/10. El Proyecto de Ley del Senador Nacional Ing. Rubén Giustiniani (Expediente 3001-S-10 del Senado de la Nación),
Expte. Nº 4.143/11. VISTO: La Ley Nº 2.756, La Declaración Nº 191/2010 de este Cuerpo, La Resolución del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de
Expte. Nº 4.134/11. VISTO: Que el 7 de mayo de 2011 se cumplen 25 años del inicio de las actividades de la Asociación Amigos del Museo Municipal de Villa
Expte. Nº 3.919/10.
VISTO:
Que la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, en la Sesión del 2 de septiembre del corriente, por unanimidad aceptó las modificaciones de forma, propuestas por la Cámara de Senadores y sancionó en forma definitiva el Proyecto de Ley (Expte. Nº 22.279), por el cuál se declara a nuestra Ciudad Capital Provincial de la Industria Frigorífica.
El Decreto Nº 5600/2010 por el cuál el Departamento Ejecutivo declara de Interés Municipal la realización de la Fiesta de la Carne y sus Derivados en nuestra Ciudad.
La Ley 2756, y
Expte. Nº 4.058/10.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El Seminario Taller Adolescencia y Diversidad Afectivo Social y
Expte. Nº 4.080/10.
VISTO:
Los hechos acaecidos el día 24 de noviembre del corriente año, en oportunidad del desalojo sufrido por el Museo Municipal de Villa Gdor. Gálvez Dr. Raúl Malatesta, respecto al lugar que ocupara en la estación Villa Diego del ferrocarril, y
Expte. Nº 4.071/10.
VISTO
La Resolución 54/134 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (1999),
La Declaración de las Asamblea General de las Naciones Unidad sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993),
La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948),
El Pacto Internacional de Derechos Civiles Y Políticos (1976),
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (1976),
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1994),
La Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009) y su Decreto Reglamentario Nº 1011/2010,
La Ley 2756 Art. 39; y
VISTO:
El Expediente Nº 4.005/10.
La Ley 2756, y
Expte. Nº 3.967/10.
VISTO:
Que el 19 de septiembre se celebra el Día Nacional del Chamamé, la iniciativa propuesta por el Sr. Carlos Ayala, y
Expte. Nº 3.961/10.
VISTO:
La Ley 2756.
Los hechos ocurridos el pasado 9 de septiembre pasado en las instalaciones del Concejo Deliberante de nuestra Ciudad, y
Expte. Nº 3.957/10.
VISTO
Que el 9 de septiembre de 2010 se cumple el primer aniversario del fallecimiento del destacado profesor Ernesto Ríos, hijo de esta ciudad, y
Expte. Nº 3.903/10.
VISTO:
La celebración de los noventa años del Club Atlético Talleres R.P.B., y
Expte. Nº 3.883/10.
VISTO:
La nota presentada por
Expte. Nº 3.871/10.
VISTO:
La Ley 2756.
La conmemoración el día 28 de julio del 75 aniversario de la creación de Gendarmería Nacional Argentina, y
Expte. Nº 3.853/10.
VISTO:
Los problemas de desabastecimiento y el consecuente incremento del precio de las garrafas de gas licuado de petróleo (GLP) DE 10, 15 Y 45 Kg. Y