Ord. 0606/90 Autoriz. Incremento 270% S/ Valores Bcos. Por Categ. P/ T. G. I. 2º Bimestre 1990.
VISTO: El estado de necesidad económica en que se encuentran las arcas municipales en relación a sus económicas, y CONSIDERANDO: Que existen Ordenanzas y reglamentaciones que destinan a funciones específicas
VISTO: El estado de emergencia Nacional, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional como el Provincial a dictado normas atinentes a esas circunstancias, (Leyes Nacionales 23.696 y 23.697 y Provincial 10.472),
VISTO: La nota de elevación que nos ha hecho llegar el Departamento Ejecutivo, solicitando se apruebe el proyecto de Ordenanza que fijará las tarifas para el facturado Marzo/90, la cual
VISTO: La petición de las Empresas Villa Diego S.R.L. e Ing. Mosconi S.R.L. solicitando incremento en el costo del boleto, y CONSIDERANDO: Que los costos de explotación que se ha
VISTO: La plena vigencia del Presupuestos de Gastos y cálculos de recursos de 1.989, reconducido para 1.990 según Ordenanza Nº 580/89 , modificado por Ordenanza Nº 590/90 , y
VISTO: La necesidad de actualizar los valores vigentes de la Ordenanza Tributaria que a la fecha está aplicando la Municipalidad, y CONSIDERANDO: Que los valores que se están cobrando
VISTO: El incremento del tránsito que se observa en nuestra Ciudad, que debemos velar por una más eficiente y segura circulación vehicular, y CONSIDERANDO: Que la doble mano se
VISTO: Que los pobladores del Barrio FO.NA.VI. carecen actualmente de un medio de transporte que los posibilite de y hacia sus lugares de trabajo, como así también respecto de sus
VISTO: El grave peligro de contaminación que significa para los vecinos a presencia del basural emplazado en la intersección de las calles Soldado Aguirre y San Martín, donde incluso se
VISTO: Que la zona correspondiente a las Secciones Catastrales Municipales, 2da., 3era. 5ta., actualmente de mayor densidad, no cuentan con suficientes espacios destinados al uso público para su recreación, esparcimiento
VISTO: La necesidad de actualizar los valores de la Ordenanza Tributaria del Ejercicio 1.989, y CONSIDERANDO: Que los valores asignados en la Ordenanza anterior han quedado desactualizados dado el hecho
VISTO: Los innumerables inconvenientes ocasionados en nuestra ciudad con motivo de las recientes precipitaciones pluviales, que han producido graves anegamientos, con serios riesgos para la integridad de personas y bienes,
VISTO: La Ordenanza Nº 567/89 , Artículo 2º, y CONSIDERANDO: Que el espíritu de la norma de referencia es el de coayudar a la gradual absorción del índice de precios
VISTO: La presentación del Departamento Ejecutivo acompañando informes con cuadros aclaratorios emanados del fiscalizador de Servicios Públicos de la Municipalidad relacionados con la fijación de tarifas del servicio de energía
VISTO Y CONSIDERANDO: Que los Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, tiene en forma permanente necesidades financieras, para atender sus gastos, por cuánto las cuotas societarias no son autofinanciables. Que
VISTO: CONSIDERANDO: Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº……..
VISTO: La Ordenanza Nº 151/85 y posteriores referidas a la Tasa General de Inmuebles Zona Rural y hallándose próximo el vencimiento del segundo semestre del corriente año fiscal, y CONSIDERANDO:
VISTO y CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 567/89 , de la cuál surge la necesidad de extender el plazo para el acogimiento de sus beneficios y cargas que fija dicha norma