CAPITULO I DE LAS MUNICIPALIDADES, SU CONSTITUCION, DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 1º: Todo centro urbano en que haya una población mayor de diez mil habitantes tendrán una Municipalidad encargada de la administración comunal, con arreglo a las prescripciones de la
CAPITULO XIII DISPOSICIONES FINALES
Art. 109º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Disposición Complementaria. Limítese el gasto de los Concejos Municipales al dos por ciento (2%) del presupuesto del gasto público
CAPITULO XII DISPOSICIONES ACLARATORIAS
Art. 107º: El Concejo Municipal resuelve por simple mayoría de votos excepto aquellos casos en que la ley, ordenanza o reglamento interno, disponga una mayoría especial. Quien ejerce las
CAPITULO XI DEL REGIMEN ELECTORAL
Art. 81º: Tienen derecho y obligación de votar en las elecciones municipales todos los ciudadanos argentinos, sin distinción de sexos, que se encuentren inscriptos en el padrón nacional del
CAPITULO X APROBACION DE LOS CENSOS
Art. 80º: A los efectos de la representación en el Concejo Municipal o del establecimiento del Régimen Municipal en las comunas de más de diez mil habitantes, los censos
CAPITULO IX INTERVENCION
Art. 75º: Las Municipalidades sólo podrán ser intervenidas por ley de la Legislatura o decreto del Poder Ejecutivo, encontrándose ésta en receso, únicamente en los casos de subversión del
CAPITULO VIII DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Art. 66º: Contra las resoluciones del Intendente Municipal, dictadas de oficio o a petición de partes, procederá el recurso de reconsideración, tendiente a dejarlas sin efecto o modificarlas. También
CAPITULO VII RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS Y EMPLEADOS DE LA MUNICIPALIDAD
Art. 58º: El Intendente que autorice una orden de pago ilícita y el contador que no la observe por una sola vez, son responsables solidariamente de la ilegalidad del
CAPITULO VI PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y RENTAS GENERALES
Art. 46º: El presupuesto general constará de capítulos divididos en anexos, incisos e ítems y comprenderá :1 )Los gastos del Concejo Municipal.2) Los de la Intendencia y administración.3) Los
CAPITULO V BIENES, SISTEMA RENTISTICO, PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD
Art. 43º: Decláranse bienes públicos de las Municipalidades, las calles, veredas, paseos, parques, plazas, caminos, canales, puentes, cementerios y cualquier obra pública construida por las Municipalidades o por su
CAPITULO IV DEL INTENDENTE MUNICIPAL, SUS DEBERES Y OBLIGACIONES
Art. 40º: El Departamento Ejecutivo Municipal estará a cargo de un Intendente elegido por el pueblo en la forma prescrita por el Artículo 29 de esta ley, y deberá
CAPITULO III ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL CONCEJO MUNICIPAL
Art. 34º: El Concejo Municipal se reunirá en sesiones ordinarias durante los meses de marzo a diciembre de cada año, debiendo fijar ellos mismos los meses de sesiones, pudiendo
CAPITULO II AUTORIDADES MUNICIPALES
Art. 22º: Cada Municipalidad se compondrá de un Concejo Municipal y de un Departamento Ejecutivo, a cargo éste de un funcionario con el título de Intendente Municipal. Art. 23º: El
Decr. 213/08 Pedido de informes a Comuna de Pueblo Esther
Expte. Nº 3.223/08.
VISTO:
La Minuta de Comunicación Nº 1.541/08 , mediante la cual se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que informe sobre la disposición de residuos que la Comuna de Pueblo Esther realiza en el ejido de Villa Gobernador Gálvez; El Convenio de Cooperación recíproca a título experimental con la Comuna de Pueblo Esther suscripto el 9 de enero de 2008; La nota del Diario La Capital del día viernes 4 de abril de 2008 Camiones de otras comunas vuelcan basura en la cava de Villa G. Gálvez; La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39, incisos 14, 52, 56, 62, Art. 41, inciso 14, sgs. y ccs., y
Decr. 214/08 Cumplimiento Ord. 1329/98 Prohibición estacionamiento J.D. Perón al 900
Expte. Nº 3.219/08.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º Inc.38 , la Ordenanza Nº 1.329/98 prohibiendo el estacionamiento en calle Av. General Juan D. Perón entre Nogués y 3 de Febrero, y
Ord. 1766/08 Radio de acción de la Asociación Vecinal Coronel Aguirre
Expte. Nº 3.206/08.
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 32.978/08, mediante el cuál se solicita la aprobación del radio de acción de la Asociación Vecinal denominada Coronel Aguirre, y

