TITULO XVII – DE LAS VOTACIONES
ART.144o) Las Votaciones del Concejo serán Nominales o por Signos. La Votación Nominal se hará a viva voz por cada Concejal, previa invitación del Presidente. La votación por Signos se […]
ART.144o) Las Votaciones del Concejo serán Nominales o por Signos. La Votación Nominal se hará a viva voz por cada Concejal, previa invitación del Presidente. La votación por Signos se […]
ART.136o) Ningún Concejal podrá ser interrumpido mientras use de la palabra, a menos que se trate de una explicación pertinente, y esto mismo solo será permitido con la venia del
ART.129o) Ningún Concejal podrá ausentarse durante la Sesión para no volver a ella, sin permiso previo del Presidente, quien no lo autorizara sin consentimiento del Concejo, en el caso de
ART.119o) Una vez reunidos en el recinto un numero suficiente de Concejales para formar Quórum legal el presidente declarará abierta la sesión, indicando al mismo tiempo, cuántos son los presentes.
ART.113º) La Discusión en Particular se hará en detalle, Articulo por Articulo, o Periodo por Periodo, debiendo recaer sucesivamente votación sobre cada uno.- ART.114º) Esta Discusión será libre aun cuando
ART.104o) Con excepción de los casos establecidos en el Art.93o cada Concejal no podrá hacer uso de la palabra en la Discusión en General, sino una sola vez, a menos
ART.98º) Todo proyecto o asunto despachado por la respectiva Comisión, pasara por dos Discusiones, la primera en General y la segunda en Particular.- ART.99º) La Discusión en General tendrá por
ART.95º) El Concejo podrá constituirse en Comisión para considerar en calidad de tal los asuntos que estime conveniente, tengan o no despacho de Comisión. Para que el Concejo se constituya
ART.88º) La palabra será concedida en el orden siguiente: 1o) Al Miembro informante de la Comisión que haya dictaminado sobre el asunto en discusión. 2o) Al Miembro informante de la
ART.73º) Toda proposición verbal hecha de viva voz desde una banca por un Concejal es una Moción.- DE LAS MOCIONES DE ORDEN ART.74º) Es Moción de Orden toda proposición que
ART.68º) Los proyectos deberán ingresar por Mesa de Entrada y Salida y serán registrados en el Libro de Entradas y Salidas, pasaran a Secretaria desde donde deberá se derivado sin
ART.60º) A excepción de las cuestiones de Orden, de las Indicaciones Verbales y de las Mociones de Sustitución, Supresión, Adición y Corrección, todo asunto que presente o promueva un Concejal,
ART.41º) Las Comisiones Internas Permanentes son nueve (9) y constaran de cinco (5) Miembros, cada Comisión designara dentro de las mismas a un Presidente y un Secretario. Las Comisiones son:
ART.31º) El Concejo Deliberante deberá elegir un Presidente, un Vice- Presidente 1o y un Vice-Presidente 2o. Los Concejales que desempeñen dichos cargos podrán ser reelectos para los mismos cargos, o
ART.20º) El Concejo necesitara mayoría absoluta para Sesionar, pero en número menor podrá reunirse al solo efecto de acordar las medidas necesarias para conminar a los inasistentes. (Art.36o Ley Orgánica).
ART.10º) Los Concejales no constituirán Concejo fuera de la Sala de Sesiones, salvo en los casos de fuerza mayor declarada por mayoría absoluta de sus Miembros en ejercicio.- ART.11º) Los
ART.1º) Cuando el Concejo Deliberante haya de organizarse totalmente, dentro de los cinco días anteriores al de su instalación, los Miembros Electos del Concejo se reunirán en Sesión Preparatoria bajo
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